El secreto empresarial se define como cualquier información comercial no divulgada que una persona natural o jurídica posea y que pueda usarse en alguna actividad productiva, tal y como lo establece la Ley 20-00 sobre Propiedad Industrial. Esta definición engloba: estrategias de negocios de una empresa, lista de clientes y proveedores, información sobre el desempeño de una empresa, procesos en desarrollo o utilizados a nivel interno, fórmulas,  entre otros.

El artículo 178 de la mencionada ley, señala que el secreto empresarial será protegido cuando la información reúna las condiciones siguientes: (i)  no sea generalmente conocida ni fácilmente accesible; y (ii) debe ser objeto de medidas razonables para mantenerse en secreto.

Asimismo, para que una persona física o jurídica pueda exigir una reparación por la divulgación de un secreto empresarial, es necesario que el mismo haya sido adquirido por mecanismos desleales. Al respecto, la ley especifica lo siguiente: “Un secreto empresarial se considerará adquirido por medios contrarios a los usos y prácticas honestas cuando la adquisición resultara, entre otros, del espionaje industrial, el incumplimiento de un contrato u otra obligación, el abuso de confianza, la infidencia, el incumplimiento de un deber de lealtad o la instigación a realizar cualquiera de estos actos”. Por ejemplo: si un empleado que haya firmado un acuerdo de confidencialidad sobre una nueva estrategia de negocios a implementarse en su lugar de trabajo, suministra esta información a la competencia, puede ser objeto de una demanda por parte de su empleador.

Es este sentido, el secreto empresarial que se hace de conocimiento público sin que la información haya sido obtenida por un medio ilícito, es decir, sin violar las obligaciones de confidencialidad, no origina daños sujetos a reparaciones.

Los secretos empresariales pueden proteger una enorme cantidad de información siempre y cuando cumpla con las condiciones del artículo 178. Esta característica les ofrece una ventaja que les diferencia de las patentes, otra figura de la Propiedad Intelectual, que  protegen solo verdaderas innovaciones. Por otro lado, no requieren un registro o inscripción ante un organismo público; no tienen fecha de vencimiento, siempre que no sean divulgados y; tienen un efecto inmediato, por lo que no deben esperar a que alguna institución expida una resolución para comenzar a surtir sus efectos.

Sentado esto, ¿cómo podemos proteger los secretos empresariales? Es necesario que se  implementen medidas de seguridad, como: identificar la información que es necesario proteger, suscripción de acuerdos de confidencialidad con el personal de la empresa o público ante el cual se divulgará la información, contar la ayuda de una buena asesoría de abogados conocedores del área, establecer políticas de control de la información dentro de la empresa y vigilar que las mismas sean cumplidas.