1.- Al constituir un ente no lucrativo, cuide que la redacción de su Acta Constitutiva y/o de sus estatutos, se adecue a la respectiva figura jurídica.
2.- Asegúrese que el Acta Constitutiva y los Estatutos de la institución no lucrativa sea registrada en la Oficina Subalterna de Registro del lugar donde hayan sido creadas. Las modificaciones del Acta Constitutiva y de los Estatutos deben ser registrados en la misma Oficina Subalterna de Registro.
3.- En las instituciones sin fines de lucro es importante incluir una cláusula en la que se haga constar que sus fundadores, directores, miembros o asociados no tienen derecho alguno a percibir utilidades o ganancias de dicho ente, que su condición de tales no les otorga derecho alguno sobre su patrimonio; y que por ende, en caso de liquidación el patrimonio del ente será donado a las instituciones no lucrativas que determinen sus órganos competentes.
4.- Lleve en regla la contabilidad de las instituciones no lucrativas que dirija o administre. Selle los libros ante la administración tributaria competente o el Tribunal de Parroquia con jurisdicción en el lugar donde fue creada.
5.- Inscriba la respectiva institución no lucrativa en el Registro de Información Fiscal (RIF) y guarde el comprobante de inscripción. En caso de perdida del comprobante no solicite uno nuevo sino una copia, pues la duplicidad puede acarrearle problemas.
6.- Solicite ante la administración tributaria competente la calificación y registro de las instituciones no lucrativas que dirija o administre, a los fines de que puedan gozar de la exención del pago del impuesto, caso de estar comprendidas en los supuestos de Ley.
7.- Si es usted fundador, director, administrador, miembro o asociado de una institución no lucrativa evite recibir dinero en efectivo, cheques, transferencias o pagos de cualquier naturaleza nombre suyo.
8.- No firme jamás, sin leerlas y revisarlas cuidadosamente las actas de las juntas directivas, consejos superiores, asambleas y demás órganos colegiados de las instituciones sin fines de lucro.
9.- Sea muy cuidadoso con los poderes que en nombre de la institución otorgue a otras personas. Evite el otorgamiento de poderes generales y por tiempo indeterminado haga seguimiento de las actividades realizadas por el apoderado.
10.- Haga oportunamente las declaraciones de rentas de la institución a su cargo. Acompañe la declaración un informe sobre las actividades que la institución desarrolla o tiene planeado hacer.
11.- Si se trata de una Fundación envíe periódicamente las cuentas de su gestión al Juez de Primera Instancia que ejerza la supervigilancia de la misma.
12.- No celebre con el ente lucrativo por usted dirigido, administrado o del cual sea fundador o miembro ninguna contratación que pueda poner en tela de juicio el carácter desinteresado con el cual usted procede o los fines mismos de dicho ente.
13.- Sea muy riguroso en la admisión de miembros o en la selección de directivos y administradores.