De acuerdo al Código de trabajo, el empleador tiene ciertos derechos y obligaciones del empleador ante una visita de un Inspector de Trabajo. Al momento de la visita el inspector debe identificarse como tal e informarle debidamente las irregularidades que encuentra en su empresa.

Permítale el libre acceso a la empresa y facilítele las investigaciones necesarias. El inspector puede entrevistar a los trabajadores que considere necesario. El empleador está en el deber de mostrarle los libros, registros y documento que se requieran para revisión de los mismos.

Al mismo tiempo el inspector de trabajo debe orientarle en la manera de corregir las fallas encontradas. Si el inspector comprueba una infracción en su negocio debe hacer la redacción de un Acta en la empresa, firmarla, solicitar la firma en el Acta del empleador o representante y la de los testigos en caso de que existiesen en el momento de comprobar la infracción. El inspector debe entregar una copia del acta al empleador.

Tras la inspección se debe firmar el Libro de visitas establecido en el Código de Trabajo.

Lo mencionado está plasmado en los artículos 434, 442 y 439.