Por Ley, toda empresa que comercialice dentro del territorio de la República Dominicana debe contar con Comprobantes Fiscales. Estos son documentos que acreditan la transferencia de bienes o prestación de servicio de una compañía, siempre y cuando cumplan con los requerimientos mínimos establecidos en el Reglamento Nº 254-06.

De acuerdo con dicho Reglamento, el Número de Comprobante Fiscal  (NCF) es la secuencia alpha-númerica con la que se identifica al Comprobante Fiscal que otorga la DGII a los contribuyentes debidamente registrados, lo que comprueba la legalidad de sus actividades.

La finalidad principal del Comprobante Fiscal es que, quien lo reciba, puede utilizar el número del documento para comprobar la validez del mismo, determinando la autorización de la Dirección correspondiente.

El NCF se compone de la siguiente manera, de derecha a izquierda:

  • Serie: es una letra que permite reconocer si el comprobante fue solicitado por los contribuyentes o impreso por la DGII. Las letras de la A-J correspondes a los solicitados por los contribuyentes; de la P-U es una secuencia interna de la Dirección para formularios provisionales.
  • División de Negocio: dos caracteres que indican la sub-clasificación del negocio, es decir, las diferentes ramas en las que se puede desempeñar una empresa.
  • Punto de Emisión: identifica a cada sucursal que pertenece a un contribuyente autorizado.
  • Área de Impresión: tres dígitos siguientes que indican el mecanismo que utiliza el negocio para emitir los comprobantes fiscales.
  • Tipo de Comprobante Fiscal: Los dos dígitos que corresponden a la posición 10 y 11 dentro de la estructura del NCF indican el tipo de comprobante emitido.
  • Secuencia: son ocho dígitos que indicarán la cantidad de NCF solicitados por el contribuyente.