De acuerdo a la Guía del Contribuyente de Infracciones y Sanciones Tributarias, las faltas Tributarias son;

Evasión Tributaria: Omisión parcial o total del impuesto, así como la presentación de una declaración falsa o inexacta, voluntaria o involuntariamente, que produce una disminución ilegítima de los ingresos tributarios, el otorgamiento indebido de exenciones o un perjuicio a la Administración Tributaria.

La Mora: Consiste en pagar la deuda tributaria después de la fecha establecida al efecto, es decir, pagar fuera de plazo o inoportunamente. Sea de manera espontánea o por intimación de la Administración Tributaria.

Incumplimiento de los Deberes Formales de los Contribuyentes, Responsables y Terceros: Toda acción u omisión que impida u obstaculice la determinación de la obligación tributaria, así como el mantenimiento del control y la fiscalización de los tributos, por parte de la Administración Tributaria. Se considera incumplimiento de los deberes formales, entre otros: · No emitir facturas con sus Números de Comprobantes Fiscales (NCF) autorizados; · Informar datos falsos al inscribirse como contribuyente; · No llevar libros o registros cuando así lo establezca la Ley; · No presentar las declaraciones que correspondan a la determinación del tributo; · No anexar los documentos e informes correspondientes; · Negarse a dar la información que solicite la Administración Tributaria, · No remitir Formato 606 y los demás formatos exigidos por la normativa tributaria.

Incumplimiento de los Deberes Formales de los Funcionarios y Empleados de la Administración Tributaria: Esta falta se configura cuando un funcionario o empleado de la Administración Tributaria viola los deberes a su cargo con lo que perjudica económicamente al Fisco y/o al contribuyente.

Incumplimiento de los Deberes Formales de los Funcionarios Públicos Ajenos a la Administración Tributaria: Esta falta se configura cuando un funcionario o empleado de la Administración Tributaria viola los deberes a su cargo con lo que perjudica económicamente al Fisco y/o al contribuyente.